Leyes y Normas

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Ley Municipal Autonómica No.239

Gobierno Autónomo Municipal de La Paz

Luis Antonio Revilla Herrero

Alcalde Municipal de La Paz

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  •  CPE artículo 302 Inc. 5 (año 2009)

Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción Inc. 5 “Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos.

  • Bolivia se adhiere a la DUBA (año 2010)

El año 2010, Bolivia, mediante cancillería, se adhiere a la DUBA (Declaración Universal del Bienestar Animal)

  • 01 DE JUNIO DE 2015.- LEY 700 PARA LA DEFENSA DE LOS ANIMALES CONTRA ACTOS DE CRUELDAD Y MALTRATO
  • LEY Nº 553 “PERROS PELIGROSOS”  Publicado el 1 de agosto de 2014
  • Ley 4095

Publicado en la Edición: 58NEC Fecha de Publicación: 02/09/2009

21 DE AGOSTO DE 2009.- Declara de necesidad y utilidad pública, la construcción de albergues para animales domésticos abandonados en la ciudad de Oruro, a fin de proteger la salud e integridad física de las personas así como el bienestar de los animales.

  • Ley 4040

Publicado en la Edición: 39NEC Fecha de Publicación: 01/07/2009

17 DE JUNIO DE 2009.- Elimina el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional, por considerarse la práctica un acto de crueldad en contra de los animales.

  •  Ley 1333

Fecha de publicación: 27/04/1992

Artículo 111. El que incite, promueva, capture y/o comercialice el producto de la cacería, tenencia, acopio, transporte de especies animales y vegetales, o de sus derivados sin autorización o que estén declaradas en veda o reserva, poniendo en riesgo de extinción a las mismas, sufrirá la pena de privación de libertad de hasta dos años perdiendo las especies, las que serán devueltas a su hábitat natural, si fuere aconsejable, más la multa equivalente al cien por ciento del valor de estas.

Publicado en la Edición: 1671 Fecha de Publicación: 26/11/1990

  • 08 DE NOVIEMBRE DE 1990.- Se declara la VEDA GENERAL INDEFINIDA para el acoso, la captura, el acopio y acondicionamiento de animales silvestres y colecta de plantas silvestres y sus productos derivados, como cueros, pieles y otros, a partir de la fecha del presente decreto.

Decreto Supremo 21774

Publicado en la Edición: 1534 Fecha de Publicación: 03/12/1987

  • 26 DE NOVIEMBRE DE 1987.- Se declara la veda indefinida y con carácter general para la captura, acoso, acondicionamiento de animales silvestres y sus productos derivados como ser: cueros, pieles y otros a partir de la fecha.

Decreto Supremo 21312

Publicado en la Edición: 1468 Fecha de Publicación: 03/07/1986

  • 27 DE JUNIO DE 1986.- Se veda en carácter total y general la captura, acondicionamiento comercialización y exportación de animales vivos, silvestres, sus productos derivados y sesundarios, por el término de tres años.

Ordenanzas/Leyes Municipales de Bolivia

  • Ordenanza Municipal de la ciudad de La Paz 239/2017
  • Ordenanza Municipal de la ciudad de Cochabamba 4571/2012
  • Ordenanza Municipal de la ciudad de Santa Cruz 030/2006
  • Ley Municipal de Llallagua – Potosí, Nº 065 “Ley de Protección a la Salud Pública Mediante Prevención de Enfermedades Zoonóticas, Tenencia Responsable y Protección de Animales en General”
  • Ordenanza Municipal de la ciudad de Tarija 056/2009
  • Ordenanza Municipal de la ciudad de Oruro 44/11

Resoluciones Ministeriales

  • El 30 de octubre del año 2000 mediante Resolución Ministerial Nº 410/00 se prohíbe las prácticas en animales vivos en establecimientos educativos públicos y privados en Bolivia.
  • El  año 2009 el ministro de Defensa emite La Resolución Ministerial Nº  0217 que  prohíbe el uso de animales en prácticas militares.

PROYECTO PARA EL CONTROL DE SOBREPOBLACIÓN DE LOS PERROS Y GATOS EN LAS PRICIPALES CIUDADES DE BOLIVIA

Propuesta: Animales S.O.S.

ANÁLISIS DEL PROBLEMA

Problema.- La sobrepoblación de perros y gatos. En La Paz y El Alto hay un animal por cada tres personas, las consecuencias de esta sobrepoblación son un grave problema de salud pública que hasta el momento no ha sido tomado con seriedad ni responsabilidad por las autoridades nacionales, departamentales ni locales.

¿Qué causa este problema?

1. La tenencia irresponsable por ausencia de una norma que sancione el abandono: en su generalidad los perros son objetos de uso y no animales de compañía, no existe un vínculo afectivo entre los dueños y sus perros. En Bolivia existen leyes locales que regulan la tenencia de animales domésticos (Ordenanzas Municipales), en Santa Cruz, Cochabamba, La Paz, El Alto, Tarija y Sucre, todas son deficientes en el sistema de registro de las mascotas y en ninguna ciudad hemos visto la difusión permanente de estas normas, el propietario desconoce qué está permitido y qué prohibido, además las sanciones por abandono son mínimas, cuando es precisamente el abandono el que genera gravísimos problemas de salud pública.

No existe un programa nacional de educación para que las nuevas generaciones sean dueños responsables para el futuro, este programa debería ser parte de la curricula educativa de colegios primarios y secundarios, donde se difunda conceptos de tenencia responsable.

2. La reproducción sin control

Es importante aclarar que, las perras sin dueño no son responsables de la sobrepoblación, porque su camada no llega a sobrevivir con éxito, tienen problemas con sus crías por no tener cobijo y muchas veces estas son separadas de la madre cuando aún no pueden sobrevivir solas. Las que sí tienen responsabilidad en la sobrepoblación son las perras que tienen dueños irresponsables, tienen su celo en la calle y sus crías dentro de un domicilio, donde además de cobijo, tienen algo de alimento.

La captura y muerte, o el envenenamiento que realizan los Gobiernos Autónomos Municipales, producen un efecto contrario al que buscan (reducir la sobrepoblación). Los animales que son eliminados de una determinada zona o área y no vuelven porque son sacrificados o envenenados, dejan a los que quedan mayor cantidad de alimento, porque existe menos competidores por la basura (está comprobado que toda especie con mayor cantidad de alimento tienen mayores éxitos de reproducción), por lo tanto mientras más perros maten sin ningún otro tipo de política, a la larga tendremos más animales y no menos como se busca.

Solo La Paz, Cochabamba  y Santa Cruz tienen programas de esterilización y castración quirúrgica, estos programas son deficientes, porque las cantidades de esterilizaciones que se realizan son mínimas en relación al crecimiento poblacional de perros y gatos, Animales S.O.S. esteriliza muchísimo más que cualquier CEMZOO y aún así no tenemos el impacto que desearíamos.

Para la mayoría de la población en nuestro país, acceder de manera privada a una cirugía de esterilización o castración es imposible porque los costos son muy altos, por eso es importante tener un programa municipal de esterilización a bajos costos.

La reproducción de animales de manera legal (criaderos establecidos) e ilegal (domicilios, criaderos clandestinos, ferias) son un negocio sin control de parte de los Gobiernos Municipales Autónomos. La reproducción legal e ilegal son parte del problema y no de la solución, porque contribuyen también a la sobrepoblación.

3. Ordenanzas incompletas y muchas veces inaplicables.

  1. a) Las normas son incompletas porque no tienen establecido un programa integral de control de las poblaciones de perros y gatos, y no tienen mecanismos que eviten la adquisición impulsiva e irresponsable de un perro o gato.
  2. b) La norma es inaplicable porque no tiene los mecanismos para sancionar de manera efectiva y real el abandono parcial o total de un perro o gato.

Los registros de identificación de los animales están centralizados y no existe un trabajo obligatorio y conjunto con los consultorios veterinarios privados para exigir este requisito.

  1. c) Las normas no son acatadas por funcionarios municipales que se ven limitados para realizar su trabajo porque no tienen el presupuesto suficiente para cumplir con sus objetivos, porque los Gobiernos Municipales Autónomos no han enfrentado hasta el día de hoy con seriedad las consecuencias que trae la sobrepoblación animal.

Los CEMZOOs no cuentan con personal suficiente ni capacitado y menos comprometido con el bienestar animal de los seres vivos que manejan todos los días. Las infraestructuras y el equipamiento son insuficientes y deficientes.

  1. Zoonosis: rabia y enfermedades parasitarias entre las más comunes: La rabia sigue siendo un problema de salud en nuestro país, el presupuesto para las vacunaciones antirrábicas para perros y gatos es cada vez mayor, porque la sobrepoblación crece sin control al no existir un proyecto integral que frene definitivamente la tenencia irresponsable.
  2. Contaminación ambiental: por heces fecales, orina y cadáveres originados por captura, eliminación o envenenamiento: En la ciudad de La Paz se depositan diariamente 15 toneladas de heces fecales y miles  litros de orina, cada deposición contiene 20 zoonosis entre parásitos, bacterias, virus y protozoarios. La permanencia de los perros con dueños irresponsables en las calles son un problema de salud pública.

¿Cuáles son los efectos directos del problema?

  1. Zoonosis: rabia y enfermedades parasitarias entre las más comunes: La rabia sigue siendo un problema de salud en nuestro país, el presupuesto para las vacunaciones antirrábicas para perros y gatos es cada vez mayor, porque la sobrepoblación crece sin control al no existir un proyecto integral que frene definitivamente la tenencia irresponsable.
  2. Contaminación ambiental: por heces fecales, orina y cadáveres originados por captura, eliminación o envenenamiento: En la ciudad de La Paz se depositan diariamente 15 toneladas de heces fecales y miles litros de orina, cada deposición contiene 20 zoonosis entre parásitos, bacterias, virus y protozoarios. La permanencia de los perros con dueños irresponsables en las calles son un problema de salud pública.
  3. Accidentes de tránsito y mordeduras: En Bolivia el 80% de las personas agredidas o mordidas por perros son niños, el 80% de las personas que mueren por rabia también son niños, solo en La Paz se reportan más de 8.000 mordeduras o agresiones de perros por año, los más afectados, los niños quedan con secuelas físicas y síquicas irreparables.
  4. Maltrato a los animales: En la ciudad de La Paz Animales S.O.S. atiende cinco casos al día de maltrato de animales (infraalimentados, encadenados, torturados, etc.). La crueldad hacia los animales es la antesala de la violencia contra el hombre, un animal es un indicador, donde existe crueldad hacia un animal, por detrás también existe maltrato físico, psíquico o sexual hacia niños, ancianos o discapacitados, los Gobiernos Municipales tienen la obligación de atender y resolver estos casos, ya que ellos son la autoridad de acuerdo a sus ordenanzas, a la CPE artículo 302 inciso 5 y la Ley 700.

PROPUESTA DE ANIMALES S.O.S  PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA SOBREPOBLACIÓN DE ANIMALES DOMÉSTICOS DE UNA MANERA HUMANITARIA A CORTO Y LARGO PLAZO

  1. En el primer año, incluir en las Ordenanzas Municipales el registro individual, obligatorio y además gratuito para perros y gatos (por ser un requisito imprescindible para una exitosa aplicación de un programa de control de perros callejeros), implementando sanciones  duras y altas para quien no registre su animal al cabo de un año de lanzado el proyecto, estas sanciones deberán ser cobradas mediante el impuesto de  inmuebles u otro método. Nuestra propuesta es que sea un tatuaje en la oreja, por ser económico y difícil de extraviar, como lo es una chapa en el collar de un perro, el registro es gratuito, pero la sanción por no registrar debería sobrepasar los Bs 2.000.-
  2. En el segundo año estas ordenanzas se complementarían creando una tasa por tenencia de perro y gato (con esto se evitaría la compra impulsiva seguida del abandono), con descuentos por animal esterilizado o castrado. El pago de esta tasa será cobrado un año después de su creación, con el fin de evitar abandonos masivos e incluirá una sanción muy alta para quienes abandonen su animal en la calle. Los animales podrán ser entregados a los CEMZOOs o a las organizaciones de protección o bienestar animal, pero no podrán ser abandonados-
  3. 3. Nuestra propuesta es que esta tasa sea de Bs 100.- al año por perro no castrado o esterilizado quirúrgicamente y de Bs 10.- por perro castrado o esterilizado quirúrgicamente, los dueños que decidan mantener a sus perros bajo estas nuevas reglas por un tema económico, se moverán hacia programas que puedan esterilizar a sus animales, sean estos municipales, de organizaciones de protección o bienestar animal o servicios veterinarios privados.
  4. Paralelamente los Gobiernos Municipales Autónomos deberán implementar programas de esterilización y castración masiva a bajos costos (Bs 30.-) con programas móviles que puedan ir hacia los barrios donde las personas tienen pocos recursos, estos programas en un  principio se pueden mantener con recursos internacionales que vengan destinados para salud, recursos que son fáciles de adquirir para los Gobiernos Municipales Autónomos, porque estarían reduciendo la sobrepoblación en beneficio de la salud pública, estos programas de esterilización pueden a la vez informar sobre la existencia de las ordenanzas sus sanciones y las nuevas reglas para tener una mascota.
  5. El Ministerio de Educación debe crear un programa de educación para la tenencia responsable, que forme a las nuevas generaciones en el cuidado responsable de nuestras mascotas y en la compasión que le deberíamos tener a todos los seres vivos que nos rodean.
  6. Las ordenanzas deben contemplar una tasa muchísimo más alta para aquellos animales que sean utilizados para reproducción, para frenar este comercio que es parte del problema de sobrepoblación de animales.

ACTORES INVOLUCRADOS

  1. Los Gobiernos Municipales Autónomos: mediante las diferentes Sub Alcaldías, la Intendencia Municipal y los Centros Municipales de Zoonosis (CEMZOO) son los principales actores, ya que la Constitución Política del Estado (CPE) en el Artículo 302 inciso 5), le da a los gobiernos autónomos municipales como competencia exclusiva la protección del medio ambiente, la protección de los animales silvestres y la protección de los animales domésticos, además tienen dentro de este artículo la posibilidad de crear impuestos, tasas y sanciones dentro de su municipio.
  2. El Ministerio de Salud y Deportes, al ser cabeza de sector en lo referente a salud pública, deberá adoptar una nueva política para solucionar esta problemática y bajar las directrices a los Gobiernos Departamentales y Municipales para implementarlas en su jurisdicción, asimismo deberán controlar la aplicación de estas nuevas políticas adoptadas.
  3. El Ministerio de Educación,  deberá implementar dentro de sus programas un capítulo especial cobre la tenencia responsable de perros y gatos y los problemas que estos originan a la salud pública cuando no son mantenidos correctamente.
  4. Las organizaciones protectoras de animales, al ser entidades que velan por el bienestar de los animales, deberían estar directamente involucradas en la solución del problema, debiendo de manera obligatoria recibir los animales que la gente quiera donar, para mantenerlos de manera indefinida, darlos en adopción o eliminarlos humanitariamente, también deberán participar de manera obligatoria en las campañas de educación, difusión de la norma y en campañas de esterilización.
  5. Los dueños de perros y gatos, deberán recibir y poder acceder de manera permanente a la información de las nuevas normas y políticas para saber cuales son sus nuevas responsabilidades y obligaciones. Los Gobiernos Municipales pueden trabajar con las Juntas de Vecinos y los medios de comunicación estatales pueden hacer la difusión gratuita de estas temáticas por ser un problema de salud pública. Las campañas de educación con personas adultas no tienen buenos resultados, porque su manera de tratar a los animales es algo impuesto por su cultura y educación, pero una campaña de información permanente podrá educarlos sobre los peligros y consecuencias de dejar un animal en la calle, si esta campaña está respaldada por una Ordenanza con sanciones por abandono y con obligatoriedad en el registro y pago de tasa por tenencia, el factor económico evitará que ellos adquieran más animales de los que pueden sostener y los persuadirá para no dejar a sus animales en la vía pública.

Este proyecto deberá ser implementado con prioridad en las capitales de Departamento, por tener grandes concentraciones de población humana y canina.

Animales S.O.S. Bolivia